Posts Tagged ‘Protección de datos’

Nueva iniciativa: derechoenred

viernes, octubre 16th, 2009

derechoenredLOPD, AGPD, LSSI, derechos de autor… la ley está ahí y yo no dejo de sorprenderme del desconocimiento que por general tiene la gente con respecto a los temas legales en internet. Sobre todo los webmasters.

Cada día me preguntan (y no soy un experot) cosas que me dejan atónito.  Apenas posteo porque no tengo mucho tiempo, pero este año sí he puesto algunos posts dentro de la categoría de legal, y específicamente dentro del apartado LSSI, donde hablo de que este año está habiendo muchas multas (y siempre se paga) por no tener los datos de contacto, etc, dentro de la web:

LSSI. Tus datos deben figurar en tu página web,

– LSSI. Tus datos deben figurar en tu página web II,

LSSI. Tus datos deben figurar en tu página web. Primeras multas !!!

Además de un curioso sistema que te genera un párrafo con tus datos para cumplir con la LSSI: Generador automático del Párrafo legal para cumplir con la LSSI

Al caso. Un grupo de abogados ha sacado una iniciativa que me parece muy interesante. Derecho en red. Consta de una wiki, un blog y podcasts. Todos los artículos serán escritos por gente muy cualificada y está centrada, sobre todo, en los temas que más nos importan: protección de datos, propiedad intelectual, lssi…

Ellos mismos se definen así:

«El objetivo de Derecho en Red es ofrecer información rigurosa y precisa sobre el Derecho de las Nuevas Tecnologías, con una especial atención a la Propiedad Intelectual e Industrial, a la Protección de Datos de Carácter Personal y a la Responsabilidad de los Prestadores de Servicios de la Sociedad de la Información…»

El número de móvil no se considera un dato personal ?

jueves, noviembre 13th, 2008

Supongo que todos conoceréis el programa «Aquí hay tomate».

En ese programa se publicaronn los teléfonos de algunos espectadores que participaban en concursos o similares. Por este motivo recibieron una denuncia. El programa ya no existe, pero la denuncia ahí sigue y sorprendentemente (por lo menos para mi), resulta que la AEPD «llega a la Resolución de archivo de actuaciones basándose en una reciente sentencia de la Audiencia Nacional en la que determina que si el número de teléfono móvil no va a acompañado de algún dato más que permita identificar al titular del mismo, no nos encontramos ante un dato personal digno de protección

Dejan tu teléfono ahí, te puede llamar media España, te pueden hacer mil perrerías pero no pasa nada.

En el mundo de internet las cosas no parecen ser tan fáciles. Entiendo que a través de un email tampoco puedes identificar a su titular. Y sin embargo si decides publicar el email de una persona en una página sin el consentimiento explícito de ésta… pues igual tienes un problema. Tanto el email o la IP, por ejemplo, son datos personales.

Me parece absolutamente increíble la decisión y todavía estoy pensando si estamos ante un nuevo caso en el que internet está sujeto, como siempre, a un control que otros medios no tienen.

Voy a darle una vuelta a esto.